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ÓRGANOS COLEGIADOS

 

CLAUSTRO DE PROFESORES

El Claustro de Profesores está integrado por todo el profesorado que presta servicios en el centro, lo preside la directora del mismo y constituye el órgano propio de participación del profesorado en el gobierno del centro. Tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
   

CONSEJO ESCOLAR

El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.

Composición.

El Consejo Escolar está compuesto por los siguientes miembros:

  • Directora del centro.
  • Jefa de estudios.
  • Un concejal o representante del Ayuntamiento.
  • Cinco maestros elegidos por el claustro.
  • Cinco padres o madres elegidos respectivamente por y entre ellos.
  • Un representante del personal de administración y servicios del centro.
  • La Secretaria del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

Funciones.

  • Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
  • Elaborar informes, a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
  • Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
  • Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
  • Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
  • Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
  • Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
  • Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

 

 

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